Repudio a resolución del Ministerio de Defensa que autoriza a personal militar a realizar «informes socio ambientales»

En un comunicado conjunto, el Colegio de Profesionales de Servicio Social de la Provincia de Córdoba (CPSS), la Dirección de la Carrera de Trabajo Social y el Centro de Estudiantes, ambos de la Facultad de Ciencias Sociales (FCS), repudiaron la resolución del Ministerio de Defensa de la Nación que autoriza a personal militar a realizar «informes socio ambientales».

Texto del comunicado

El Colegio de Profesionales de Servicio Social de la Provincia de Córdoba, la Dirección de la Carrera de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNC y el Centro de Estudiantes Facultad de Ciencias Sociales de la UNC, nos manifestamos preocupados al tiempo que repudiamos los contenidos de la resolución 154-E/2017 del Ministerio de Defensa, publicada el pasado viernes 24 de Febrero en el Boletín Oficial. Mediante esta resolución, el Gobierno autoriza a personal militar a realizar “informes socio ambientales”.

Creemos por un lado, que ello constituye una clara violación de los DDHH sobre actores políticos y sociales, al permitir a las fuerzas armadas el desarrollo de tareas de inteligencia interna, asunto explícitamente negado en las leyes de Defensa y Seguridad Interior. Nos transporta además, a un pasado oscuro reeditando prácticas propias de la última dictadura cívico-militar, en tanto miembros de la entonces SIDE (Secretaría de Inteligencia) realizaban este tipo de informes.

Al mismo tiempo, configura un claro atropello a las incumbencias de nuestro colectivo profesional, violando de modo evidente la Ley Federal de Trabajo Social (N°27.072) sancionada el 10 de octubre de 2014 y promulgada el 16 de diciembre del mismo año. Ella expresa en su Art. 9 inc. 3, que parte de nuestro campo de actuación fundada remite a la “elaboración de informes sociales, informes socio-ambientales, informes situacionales y/o periciales”. Para ello, prescribe de modo explícito la necesidad de título habilitante de Licenciado en Trabajo Social. Lo antes dicho, parte de nuestra reafirmación a lo expresado en la mencionada Ley, al sostener que nuestras acciones se enmarcaran “siempre en defensa, reivindicación y promoción del ejercicio efectivo de los derechos humanos y sociales” (Ley Federal de Trabajo Social N°27.072, Art. 9).

Finalmente, llamamos a los diferentes actores involucrados en las tareas de formación y ejercicio profesional del Trabajo Social, a dar los debates y a desarrollar las acciones concretas necesarias, tendientes a revertir esta delicada y agraviante definición gubernamental.